Puestos de trabajos por áreas para Funcionarios de Prisiones
En los Centros Penitenciarios el trabajo de los funcionarios se ha dividido en distintas áreas, teniendo en cuenta la mayor o menor relación con los reclusos que requiere la actividad desempeñada y las funciones propias de los miembros que las integran. Estas áreas son: vigilancia, oficinas, mixta, de intervención y tratamiento y sanitaria.
En el Área de Vigilancia, el contacto del funcionario con el recluso es total, ya que una de sus funciones consiste en controlar todos los movimientos de los internos. Se subdivide en V-1 y V-2, distinguiéndose en que V-2 (vigilancia dos) no presta servicios nocturnos, generalmente desempeña servicios en cancelas, rastrillos y aquellos otros en que el contacto con el recluso es menor y su complemento específico es menor que el de V-1.
El Área de Oficinas tiene funciones exclusivamente burocráticas, encontrándose las dependencias ubicadas fuera del recinto carcelario de seguridad, por lo que su relación con el personal recluso es prácticamente nula.
El Área Mixta, tal y como su nombre indica, tiene funciones burocráticas pero también es necesario el contacto con los reclusos para el desempeño de éstas funciones. Como ejemplo tenemos el funcionario de economato, de peculio, etc.
En el aspecto económico, solamente se diferencia en la cuantía del complemento específico: el Área de Vigilancia tiene un complemento específico superior al Área de Oficinas y el Área Mixta tiene un complemento específico intermedio entre las dos áreas anteriores.
Los complementos específicos de las Áreas Sanitarias y de Intervención y Tratamiento se rigen por otros conceptos.